Mecanismo Social de apoyo y control en Vih


Nuevos plazos para uso de planilla electrónica para empresas e independientes

18.11.2017 01:21

https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Nuevos-plazos-para-uso-de-planilla-electronica-por-empresas-e-independientes.aspx

Nuevos plazos para uso de planilla electrónica para empresas e independientes

Mediante el Decreto 1765 de 2017 se modificaron los plazos para el uso de planilla electrónica. 

Bogotá, D.C., 16 de noviembre de 2017.- El Ministerio de Salud y Protección Social modificó los plazos para el uso de planilla electrónica para los cotizantes independientes y para empresas.

En consecuencia, las empresas con menos de 20 trabajadores y los independientes que aporten al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales con un Ingreso Base de Cotización (IBC) inferior a cinco salarios mínimos podrán seguir haciendo el pago de sus aportes a través de la modalidad de planilla asistida. hasta la fecha que corresponda de acuerdo con la tabla anterior. 

Mediante Decreto 1765 de 2017, el Ministerio fijó los nuevos plazos que deberán cumplir tanto empresas pequeñas como trabajadores independientes, así:

Para empresas

Rango de cotizantes Obligatoriedad uso planilla electrónica
10 a 19 cotizantes 1 de marzo de 2018
5 a 9 cotizantes 1 de junio de 2018
3 o 4 cotizantes, para municipios con categoría diferente a 5 y 6 1 de agosto de 2018


Para independientes

 

Rango Ingreso Base de Cotización Obligatoriedad uso planilla electrónica Valor Honorarios

Mayor o igual a 4 e inferior a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes

 

IBC de $2.950.868 a $3.688.585

1 de marzo de 2018 Contratos de prestación de servicios de
$7.377.170 a
$ 9.221.462

Mayor o igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6

 

IBC de $1.475.434 a $2.950.868

1 de junio de 2018 Contratos de prestación de servicios de
$3.688.585 a
$7.377.170

 

Pese a los ajustes, quienes quieran hacer uso de la planilla electrónica lo pueden seguir haciendo, toda vez que las plataformas de los operadores de información están dispuestas para tal fin.

 

Los datos de contacto de los operadores los pueden encontrar en www.minsalud.gov.co, seleccionado la opción “Protección Social” –“Aseguramiento” – “PILA” – “Contacto Operadores”.

 

—————

Volver