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No ha existido negación ni dilatación alguna: Nueva Eps

25.10.2015 16:02
No ha existido negación ni dilatación alguna: Nueva Eps
 

Nueva Eps responde a tutela fallada a favor de un menor que pedía tratamiento médico para su madre.

Nueva Eps se refirio a la tutela que la Corte Constitucional falló a favor de un menor de 17 años quien aseguró que la entidad le estaba vulnerando a su madre, María del Carmen Fonseca Torres, de 56 años, sus derechos a la dignidad humana, la vida y la salud, al negarle un tratamiento para un tumor maligno.

En un comunicado Nueva Eps asegura que “no ha existido negación ni dilatación alguna ya que todo se ha dado dentro de los tiempos que contemplan los procesos normativos que actualmente están vigentes”.

 
 

 

El comunicado sigue diciendo que “hasta la fecha Nueva Eps ha autorizado los ordenamientos necesarios para garantizar la atención integral en salud de la paciente María Fonseca, a través de los procedimientos pertinentes para atender su patología”.

Igualmente, Nueva Eps asegura que "entre el primero de enero y el 30 de septiembre del presente año, generó 35 autorizaciones y el respectivo tratamiento a la paciente", y agrega que "desde el momento de la solicitud, hasta la realización del mismo, transcurrieron 60 días; que obedecieron principalmente a la disponibilidad del material radiactivo requerido para las terapias, el cual es autorizado por el Instituto de Asuntos Nucleares en Colombia".

En el fallo de tutela el Alto Tribunal, con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, le ordenó a la Nueva EPS que en 48 horas, desde la notificación del fallo, “le preste el servicio de consulta especializada por medicina nuclear a la paciente, la cual se encuentra autorizada por la misma EPS".

 

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