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Por mujer que murió de peritonitis multan a la Clínica Las Vegas

15.10.2016 11:22

https://www.elcolombiano.com/antioquia/corte-suprema-multa-a-la-clinica-las-vegas-y-coomeva-ips-de-medellin-FE5161878

Por mujer que murió de peritonitis multan a la Clínica Las Vegas

Una sentencia de la Corte Suprema de Justicia dejó en claro una serie de circunstancias en las cuales las EPS y clínicas tienen que responder cuando se presenta un mal servicio de salud, que termina convirtiéndose en errores entre el personal médico que afectan el tratamiento y, finalmente, en actos de negligencia.

El pronunciamiento se dio al condenar a la Clínica Las Vegas y a Coomeva IPS por una serie de errores médicos, calificados como trato inhumano y negligente, que derivaron en el empeoramiento del estado de salud de Luz Deisy Román Martín, de 40 años, quien entre el 29 de mayo y el 23 de junio de 2002 vivió toda una travesía entre diferentes médicos que no dispusieron lo necesario para hacer un diagnóstico oportuno de apendicitis, lo cual derivó en una peritonitis y, finalmente, en su muerte.

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La clínica y la institución prestadora de salud tendrán que pagar un monto superior a 430 millones de pesos.

De acuerdo con la Corte, la falla más común y una de las principales causas de negligencia, por encima de las deficiencias en capacitación y la existencia de poco personal, son las fallas en la comunicación del equipo médico que pueden darse cuando se remite a un paciente entre diferentes médicos, al emitir fórmulas médicas, cuando no se dan indicaciones a los pacientes sobre cuidados en el hogar o cuando no se hace una adecuado seguimiento a esos cuidados.

Entre las fallas igualmente está la baja capacidad de organización y las fallas en la transmisión de información como, por ejemplo, que las fórmulas médicas o las historias clínicas estén mal escritas, con tachones, iniciales, siglas o con letra ilegible. Así, violar estas normas, dice la Corte, puede generar culpa en las EPS por daños a los usuarios.

“No consignar en forma clara, precisa y según los estándares legales y técnicos los resultados obtenidos por el médico en un diagnóstico inicial, aumenta las probabilidades de que ante la presencia de un error, el profesional que atiende al paciente en una oportunidad futura persista en tal equívoco, y de esa forma se aumente la cadena de errores constitutivos de culpa por no actuar de conformidad con las pautas establecidas para la prevención, disminución y erradicación de eventos adversos”.

La Corte advierte como falla, igualmente, ocultar errores propios o ajenos en los diagnósticos o procedimientos que hacen los profesionales de la salud, ya que esto aumenta las posibilidades de que el error inicial se incremente por una conducta negligente.

Ahora, la Corte indica que no todo mal diagnóstico es culposo, pero sí lo es no evitar los errores. “Los errores y fallas médicas no son obra del infortunio sino procesos atribuibles a la organización y al equipo médico; y si bien es cierto que muchos de esos defectos no son previsibles ni producto de la negligencia o descuido, no lo es menos que tantos otros se pueden evitar con un mínimo de prudencia, diligencia o cuidado según los estándares de buenas prácticas de la profesión”.

 

Un trato inhumano

 

En el caso concreto, la Corte condenó a la Clínica Las Vegas y Coomeva IPS de Medellín a pagar un monto superior a los 430 millones a los familiares de Luz Deisy Román Martín al encontrar que el trato recibido permitió que la apendicitis no detectada se agravara a una peritonitis en una conducta que calificó de “vergonzosa e inaceptable”.

“A juzgar por el gran cúmulo de errores y equivocaciones persistentes, negligentes e injustificables del equipo médico, lo único normal en este caso según los dictados de la ciencia médica y la experiencia fue el desenlace fatal al que dio lugar el proceso organizacional defectuoso, culpable e inhumano de la Clínica Las Vegas; siendo lo más extraño de todo ello que la usuaria del sistema de salud lograra resistir intensos sufrimientos durante 23 días y no muriera mucho antes”, dice la sentencia.

Esto ya que a pesar de las visitas por tres días seguidos a urgencias y el aumento del dolor abdominal y de otros síntomas, no se ordenaron los exámenes adecuados. Incluso, una ecografía que ordenó un médico fue frenada por otro al día siguiente y, cuando ya se hizo la cirugía, la mujer fue enviada a su casa a pesar de que los testimonios indicaban que estaba en mal estado. Luego, se le hicieron cinco cirugías más, estuvo en cuidados intensivos y falleció por las complicaciones generadas.

“La usuaria reingresó no una, sino cuatro veces al centro hospitalario con los mismos síntomas y en un estado de salud cada vez más grave, y aun así los médicos que la trataron no consideraron tales reingresos sospechosos de una anomalía en el diagnóstico inicial, y no se preocuparon por salir de la duda mediante los procedimientos descritos por la ciencia médica, por lo que existen suficientes motivos para concluir que la negligencia e incuria del equipo médico fue la razón más probable del agravamiento y muerte de la paciente”, señaló la Corte.

 

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